Eje 8 – Formación, cobertura y cultura digital incluyente

Descripción y objetivo del Eje


Impulsar la formación, certificación de saberes y desarrollo de capacidades profesionales para incentivar una cibercultura propia de una sociedad digital, que permita a la comunidad universitaria insertarse en la economía digital, la industria y la educación 4.0.

Plan de trabajo


Objetivo

Establecer mecanismos de difusión para que la comunidad universitaria cuente con información pertinente y suficiente para impulsar su inserción en la cultura digital del siglo XXI.

Líneas de acción

        1. Marco nacional para impulsar el desarrollo de habilidades digitales.
        2. Diagnóstico de habilidades digitales en Instituciones de Educación Superior.
        3. Programa de acreditación de habilidades digitales.
        4. Ciberseguridad en la educación.
        5. Recursos educativos abiertos para la formación y desarrollo de capacidades digitales.
        6. Herramientas para la formación y capacitación: diplomados, seminarios virtuales y cursos.

Entregables proyectados

        1. Marco Nacional de habilidades digitales (documento base).
        2. Informe general sobre diagnóstico de habilidades digitales en las IES (buenas prácticas y áreas de oportunidad).
        3. Informe con datos de convenios y becas asignadas a las IES, como parte del programa para la acreditación de habilidades digitales.
        4. Guía informativa de Ciberseguridad en las IES.
        5. Documento con las ofertas del mercado de TI para la formación de capital humano.
        6. Calendario de eventos relacionados con la formación y desarrollo de habilidades digitales. 

 

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Eje 8: Formación, cobertura y cultura digital incluyente

Prioridad

2

Objetivos particulares

4, 3 y 7

Coordinador

Mtro. Alejandro Barba Franco

 Colaboradores José Luis Ponce López/Marina Vicario Solórzano/ Rosario Lucero Cavazos Salazar/Martha Imelda Madero Villanueva/Rosalina Vázquez Tapia/Alejandro Barba Franco

 

 

 

Aspectos transversales (objetivos estratégicos, proyectos o programas)
 

Entidad/aspectos transversales

 

Formación Docente

 

Cultura Digital Incluyente

Competencias laborales o profesionales

 

SEP

ADE: Eje 1, formación docente; Taller Nacional: Mesa 1, formación y actualización docente.

 

ADE: Eje 2, cultura digital.

Taller Nacional: Mesa 1: Consolidar un comité de certificación por competencias profesionales.

 

ANUIES

Visión 2030:
Eje 3: Objetivo 2, fortalecer la carrera académica.
Eje 3: Objetivo 4, impulsar la innovación educativa.

 

No aplica.

 

No aplica.

 

SCT

 

No aplica.

PAT: Eje 3: Desarrollar habilidades y modelos para la transformación digital.

 

Centros de Inclusión Digital.

CUDI

No aplica.

Escuela Nacional de Redes.

No aplica.

PIDESAD

No aplica.

No aplica.

No aplica.

 

CANIETI

 

No aplica.

ADN18: Eje 4, vida y sociedad digitales; programa civismo digital; programa alfabetización digital.

ADN18: Programa de Capacitación en Competencias Laborales y Habilidades Digitales; Colaboración con CONOCER.

 

 

RedLaTE

Plan de Trabajo: Subprograma 2 de cooperación académica en materia de TE.
b) Proyectos de formación, actualización,
certificación y cibercultura asociados a TE.

Eje I: Cultura y apropiación de tecnología educativa.

Plan de Trabajo: Subprograma 2 de cooperación académica en materia de TE.
b) Proyectos de formación, actualización,
certificación y cibercultura asociados a TE.

Eje I: Cultura y apropiación de tecnología educativa.

Plan de Trabajo: Subprograma 2 de cooperación académica en materia de TE.
b) Proyectos de formación,
actualización, certificación y cibercultura asociados a TE.
Eje I: Cultura y apropiación de tecnología educativa.

REMERI

No aplica.

No aplica.

No aplica.

 

ECOESAD

Eje 6: Formación para la EAD, establecer programas de formación de profesionales de la educación a distancia y de intercambio de experiencias.

 

Eje 6: Formación para la EAD, desarrollar proyectos de alfabetización digital.

 

No aplica.

 

 

PROGRAMA SECTORIAL SEP 2020-2024

Acción puntual:
1.1.2: Desarrollar servicios educativos que fortalezcan los aprendizajes regionales y comunitarios, mediante el uso social de las lenguas indígenas y de las tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital.
1.4.3: Promover que todas las escuelas cuenten con libros de texto gratuitos, material didáctico y tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digitales diseñados para estudiantes con discapacidad.
3.2.2 Garantizar la oferta de formación, capacitación y actualización profesional de docentes, técnicos docentes, asesores técnicos pedagógicos, directivos y
supervisores de educación básica y media superior, con énfasis en el desarrollo de capacidades disciplinares, pedagógicas, didácticas y digitales.
6.1.1: Adecuar el marco normativo con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género.

 

 

 

 

 

 

LGE 2019

 

Artículos de la LGE: Artículo 25. Los planes y programas de estudio de las escuelas normales deben responder a lograr la excelencia en educación, para preparar maestras y maestros comprometidos con su comunidad.
Artículo 43.
Fracción III: Desarrollar competencias en los docentes que permitan mejorar su desempeño.
Artículo 86. Las autoridades educativas, promoverán la formación y capacitación de maestras y maestros para desarrollar las habilidades en el uso de las tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital.

Artículo 90: Las maestras y los maestros son agentes fundamentales del proceso educativo por tanto se debe fortalecer su desarrollo y superación profesional mediante la formación, capacitación y actualización.

Artículos de la LGE: Artículo 52: El Estado garantizará el derecho de toda persona a gozar de los beneficios del desarrollo científico, tecnológico y de la innovación con el apoyo de las nuevas tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital, mediante el uso de plataformas de acceso abierto.
Artículo 74, fracción VIII: Las autoridades educativas promoverán la cultura de la paz y no violencia, mediante el uso de las tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital.
Artículo 115, fracción XIII:
Fomentar el uso responsable y seguro de las tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital en el sistema educativo, para apoyar el aprendizaje de los estudiantes, ampliar sus habilidades digitales.

 

 

 

 

 

Artículos de la LGE: Artículo 17: La orientación integral comprende la formación de las maestras y maestros en los procesos de enseñanza aprendizaje.

 

 

 

 

 

 

PROGRAMA SECTORIAL SCT 2020-2024

 

Objetivo prioritario 6.3. Promover la cobertura, el acceso y el uso de servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, en condiciones que resulten alcanzables para la población, con énfasis en grupos prioritarios y en situación de vulnerabilidad, para fortalecer la inclusión digital y el desarrollo tecnológico.

 

Estrategia prioritaria: Desarrollar habilidades y modelos para la transformación digital de los individuos y las instituciones, incluyendo a los grupos en situación de vulnerabilidad.

Objetivo prioritario 6.3. Promover la cobertura, el acceso y el uso de servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, en condiciones que resulten alcanzables para la población, con énfasis en grupos prioritarios y en situación de vulnerabilidad, para fortalecer la inclusión digital y el desarrollo tecnológico.

 

Estrategia prioritaria: Desarrollar habilidades y modelos para la transformación digital de los individuos y las instituciones, incluyendo a los grupos en situación de vulnerabilidad.

 

 

 

 

LFT 2020

 

 

Artículos de la LFT: Artículo 15, fracción XXXVVII: Realizar la investigación y el desarrollo tecnológico en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, la capacitación y la formación de recursos humanos en estas materias.

Artículos de la LFT: Artículo 2: Las telecomunicaciones y la radiodifusión son servicios públicos de interés general.
Artículo 3.
Fracción X:Cobertura universal: Acceso de la población en general a los servicios de telecomunicaciones bajo condiciones de disponibilidad, asequibilidad y accesibilidad, fracción XLII: Política de inclusión digital universal: Orientada a brindar acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, incluyendo el Internet de banda ancha para toda la población, haciendo especial énfasis en sus sectores más vulnerables.
Artículo 15, fracción XXXI: Contribuir al logro de los objetivos de la política de inclusión digital universal y cobertura universal.
Artículo   202. Promover el acceso de las personas con discapacidad a los nuevos sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones, incluido Internet.
Artículo 222: El derecho de información, de expresión y de recepción de contenidos a través del servicio público de radiodifusión y de televisión y audio restringidos, es libre; por tanto, se promoverá el respeto a los derechos humanos, el principio del interés superior de la niñez, a fin de garantizar de manera plena sus derechos, así como la perspectiva de género.